
Acoso telefónico por agencias de recobro en España: ¿qué hacer si le llaman sin parar?
Cada día, más personas en España denuncian una práctica que puede convertirse en un verdadero tormento: las llamadas constantes de agencias de recobro, muchas veces sin identificar al interlocutor o dejándole en espera tras descolgar. Estas prácticas, aunque disfrazadas de legalidad, pueden vulnerar derechos fundamentales si no se realizan conforme a la ley.
En este artículo le explicamos qué puedes hacer para dejar de recibir esas llamadas y cómo defenderse legalmente.
¿Qué es el acoso telefónico por recobro?
El acoso telefónico se produce cuando se realizan llamadas reiteradas, molestas y sin consentimiento, especialmente con un tono intimidatorio o con fines de presión psicológica.
En el caso de las agencias de recobro, el acoso puede manifestarse así:
- Llamadas diarias o incluso varias veces al día.
- Llamadas desde diferentes números.
- Llamadas donde nadie responde, o le dejan en espera con música.
- Locuciones automáticas que no identifican a la empresa.
- Contacto con familiares o personas del entorno.
¿Qué dice la ley española?
Aunque la reclamación de deudas es legal, no todo vale. Existen límites claros según:
- Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
- Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD)
- Ley de Competencia Desleal y Protección al Consumidor
- Código Penal (arts. 172 y 172 ter para coacciones o acoso)
Si una agencia usa sus datos sin autorización, no se identifica, o llama de forma abusiva, puede estar incurriendo en conductas ilegales o sancionables.
¿Qué hacer si le llaman pero no se identifican?
Aunque el número sea visible, si no sabe quién llama, puede actuar igual:
- Guarde evidencias: Anote fecha y hora de las llamadas, haz capturas, grabe si puedes.
- Use apps como Truecaller o Listaspam.
- Solicite el cese por escrito.
- Reclame ante la AEPD.
- Realice denuncia penal por acoso o coacciones si es grave.
¿Y Si la deuda no es suya…?
Es muy habitual que contacten por deudas erróneas o de terceros. En ese caso:
- Exija pruebas documentales de la supuesta deuda.
- Reclame la eliminación inmediata de sus datos de sus ficheros.
- Recurra ante la AEPD si no lo hacen.
¿Y si llaman y le dejan en espera?
Esto no es legal ni ético si:
- No hay identificación de la empresa.
- Le dejan en espera sistemáticamente.
- No hay información sobre sus derechos.
Estas llamadas buscan generar presión psicológica, y sí se pueden denunciar como acoso o tratamiento indebido de datos.
Conclusión
No está indefenso. Ante el acoso telefónico de agencias de recobro, tiene herramientas legales claras:
- Guarde pruebas.
- Investigue el número.
- Solicite el cese formalmente.
- Reclama ante la AEPD.
- Denuncie si la presión continúa.
Fuente: MILCONTRATOS BLOG