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Verifactu se aplaza otra vez: lo que se sabe y lo que conviene hacer ahora

Verifactu se aplaza otra vez: lo que se sabe y lo que conviene hacer ahora

Hacienda anunció el 5 de octubre que retrasará Verifactu hasta octubre de 2028 para que coincida con la factura electrónica obligatoria. Pero el cambio todavía no está en el BOE: hoy siguen siendo exigibles las fechas de 2027.

Es la tercera vez que se mueve el calendario de Verifactu, el sistema que obliga a que los programas de facturación generen registros íntegros, trazables e inalterables y, si se elige esa modalidad, los envíen a la Agencia Tributaria. Las empresas que ya se habían adaptado se preguntan si han trabajado para nada, y las que no lo habían hecho, si pueden olvidarse del asunto hasta 2028. Ninguna de las dos cosas.

Qué ha anunciado Hacienda

Según la nota informativa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026, las obligaciones de Verifactu pendientes de aplicar se retrasarán hasta octubre de 2028. El objetivo es que coincidan con la fecha en que la factura electrónica será obligatoria para los empresarios y profesionales que facturan menos de 8 millones de euros al año. Hacienda añade que los requisitos de integridad, conservación y trazabilidad de los registros se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes y que, más adelante, ajustará algunos aspectos técnicos para adaptarlos a las futuras normas europeas de información digital (el paquete conocido como ViDA). No ha concretado el día exacto.

Qué dice hoy el BOE

El anuncio no basta para cambiar las fechas. Mientras no se publique la norma que modifique el Real Decreto 1007/2023, siguen vigentes los plazos que fijó el Real Decreto-ley 15/2025: antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos. A 19 de octubre de 2026 esa norma no se ha publicado.

La factura electrónica sí tiene fecha

Lo que sí está en el BOE desde el 5 de octubre es la Orden HAC/1028/2026, que pone en marcha la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Será exigible desde el 6 de octubre de 2027 para quienes superen 8 millones de euros de volumen de operaciones y desde el 6 de octubre de 2028 para todos los demás. Conviene no confundir las dos obligaciones: la factura electrónica regula cómo se emite y se recibe la factura entre empresas; Verifactu, cómo la registra el programa de facturación. Son distintas y habrá que cumplir las dos.

A quién afecta Verifactu

A empresas y autónomos que facturan con un programa informático y no están en el Suministro Inmediato de Información (SII), que como regla general es el sistema de las empresas que facturan más de 6 millones de euros. País Vasco y Navarra tienen sus propios sistemas.

Qué conviene hacer ahora

Si su programa ya cumple Verifactu, no lo desactive: el trabajo hecho seguirá siendo necesario. Si estaba cambiando de programa, no cancele el cambio; pregunte a su proveedor cómo cubrirá a la vez Verifactu y la factura electrónica, y qué actualizaciones incluye su contrato. Si su empresa supera los 8 millones de euros, la factura electrónica le llegará antes, en octubre de 2027: ese es el plazo que conviene planificar ya. Y, sobre todo, no dé por definitiva la fecha de 2028 hasta que la publique el BOE.

En SF Abogados seguimos el calendario y actualizaremos esta información en cuanto se publique la norma. Si quiere saber cómo le afecta, podemos revisar su caso.

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