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Antes de reclamar una factura impagada: el paso previo que no se puede saltar

Antes de reclamar una factura impagada: el paso previo que no se puede saltar

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, exige en los asuntos civiles y mercantiles haber intentado antes un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Si no se acredita, la demanda no se admite. Para las empresas que reclaman facturas impagadas, este paso previo ya forma parte del camino de cobro.

Qué cuenta como intento de negociación

La ley admite varias vías, entre ellas la negociación directa entre las partes o a través de sus abogados, la mediación, la conciliación ante notario, registrador, procurador o letrado de la Administración de Justicia, y la oferta vinculante confidencial.

Cómo hacerlo bien

  • La misma deuda. Lo que se negocia debe coincidir con lo que después se reclama en el juzgado.
  • Una propuesta real. Los jueces de primera instancia de Barcelona han advertido que no basta con llamar «oferta vinculante» a un escrito: si solo repite la exigencia de pago, sin voluntad de negociar, es un requerimiento y no cumple el requisito.
  • Que quede constancia. Fecha, contenido y recepción deben poder acreditarse (por ejemplo, con burofax o con un medio que deje prueba de la entrega).
  • Plazos. Si el deudor no responde en un mes desde que recibe la propuesta, o la rechaza, se puede acudir a los tribunales.

¿Y el proceso monitorio?

Los juzgados y audiencias no aplican un criterio uniforme sobre si el intento previo es exigible también antes de un monitorio. Por prudencia, conviene hacerlo siempre: evita que la reclamación se detenga en la fase de admisión.

Una ventaja que muchos desconocen

Iniciar correctamente el intento de negociación interrumpe la prescripción de la deuda. Además, la actitud de cada parte en esta fase puede tenerse en cuenta después al decidir sobre las costas del juicio.

¿Cómo podemos ayudarle? Diseñamos y documentamos el intento previo de negociación para que sea válido y, si no hay acuerdo, presentamos la reclamación judicial.

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