Cuando un cliente, un proveedor o un socio de otro país deja de cumplir, el tiempo cuenta. Le ayudamos a cobrar, a recuperar el control de la operación o a salir de ella.
Muchos contratos internacionales remiten a un arbitraje, por ejemplo ante la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI. Le asesoramos tanto al redactar esa cláusula como cuando ya hay que acudir al arbitraje.
Depende del importe, de lo que diga el contrato y de si la otra parte tiene bienes que se puedan embargar. Se lo decimos con claridad antes de empezar, con una estimación de coste.
Los plazos dependen de la ley aplicable y del tipo de reclamación. Conviene consultarlo cuanto antes.
Le respondemos en un día laborable.