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¿Vuelo cancelado o con retraso? Estos son tus derechos como pasajero

¿Vuelo cancelado o con retraso? Estos son tus derechos como pasajero

Cada verano miles de viajeros sufren retrasos, cancelaciones o pérdidas de equipaje — y la mayoría no reclama, aun teniendo derecho a compensaciones que la normativa europea fija con claridad. El Reglamento (CE) 261/2004 protege a los pasajeros de vuelos que salen de un aeropuerto de la Unión Europea (y, con matices, de los que llegan a ella con compañía comunitaria), y conviene conocerlo antes de facturar la maleta.

Retrasos y cancelaciones. Si llegas a tu destino con tres horas o más de retraso, o tu vuelo se cancela sin un preaviso suficiente, puedes tener derecho a una compensación económica de entre 250 y 600 euros según la distancia del vuelo — además del reembolso o transporte alternativo si el vuelo se cancela. La aerolínea solo se libra si acredita circunstancias extraordinarias que no pudo evitar (una tormenta, por ejemplo); las incidencias técnicas ordinarias o los problemas de organización de la propia compañía, con carácter general, no la exoneran.

Mientras esperas. A partir de ciertas horas de espera, la compañía debe prestarte asistencia: comida y bebida, comunicaciones y, si la salida se pospone al día siguiente, alojamiento y traslados. Este derecho no depende de la causa del retraso — guárdate los tickets de los gastos si la aerolínea no lo atiende.

Equipaje. Si la maleta llega dañada, con retraso o no llega, haz constar la incidencia antes de salir del aeropuerto mediante el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) y presenta después la reclamación escrita a la compañía en los plazos del Convenio de Montreal: siete días para equipaje dañado y veintiún días desde la entrega para el retrasado. Sin esos pasos, la reclamación posterior se complica mucho.

Cómo reclamar. Primero, por escrito a la aerolínea, conservando toda la prueba: tarjetas de embarque, comunicaciones, justificantes de gastos. Si no contesta o deniega, puede presentarse reclamación gratuita ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), cuya resolución es vinculante para la compañía en muchos supuestos, o acudir a la vía judicial — los plazos para reclamar son amplios, así que una incidencia de este verano no está perdida aunque la reclames a la vuelta. En SF Abogados estudiamos tu caso y nos ocupamos de la reclamación de principio a fin.

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