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Regularización de Extranjeros en España: ULTIMAS NOVEDADES

Regularización de Extranjeros en España: ULTIMAS NOVEDADES

Si se encuentra en situación administrativa irregular en España, podrá acceder a un proceso de regularización de extranjeros, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en esta Regularización Extraordinaria, actualmente en fase de borrador, pendiente de su aprobación por el Consejo de Ministros y su publicación en el BOE. 

Requisitos Generales

Haber llegado a España antes del 1 de enero de 2025.

Acreditar una permanencia mínima de cinco meses en España en el momento de la solicitud.
Carecer de antecedentes penales y policiales.

No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.

No tener prohibida la entrada en España ni estar sujeto a un compromiso de retorno.

Haber abonado la tasa correspondiente.

Además, deberá encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Haber trabajado en España o contar con una oferta de empleo.
  • Convivir con su unidad familiar en España.
  • Encontrarse en una situación de vulnerabilidad acreditada.

Requisitos de entrada y permanencia en España

En el régimen general de regularización, deberá haber entrado en España antes del 1 de enero de 2025.

En el caso específico de solicitantes de asilo, se exige haber presentado la solicitud de asilo antes del 1 de enero de 2026, siempre que cumpla el resto de requisitos.

Efectos de la Solicitud

Una vez su solicitud sea admitida a trámite, podrá residir y trabajar de forma provisional hasta la resolución del expediente.

En caso de concesión, se le otorgará una autorización de residencia de un año, prorrogable o modificable posteriormente.

El plazo máximo para presentar solicitudes será el 30 de junio de 2026.

Importante: No podrá acogerse a esta regularización si ya es titular de una autorización de residencia o estancia.

Situación de Hijos Menores

Podrá solicitar para ellos autorización como menor nacido o no nacido en España.

Se eliminan requisitos como tiempo de permanencia, medios económicos e informe de vivienda.

Familiares

Padres, cónyuge o pareja registrada podrán ser incluidos en el proceso de regularización.

Cambios en el Reglamento de Extranjería

Se permitirá trabajar desde la admisión a trámite en solicitudes de arraigo sociolaboral.

La eficacia de la autorización estará condicionada al alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes.

Solicitantes de Asilo

Deberán haber solicitado asilo antes del 1 de enero de 2026.

Deberán cumplir el resto de requisitos generales.

La autorización será de un año para el solicitante y hasta cinco años para los hijos.

Presentación de Solicitudes

Se podrá realizar personalmente, con cita previa, solo en las oficinas de extranjería habilitadas. También podrá ser presentado por representante legal autorizado telemáticamente. 

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