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Nuevos límites de alcoholemia en España: lo que debes saber según SF Abogados

Nuevos límites de alcoholemia en España: lo que debes saber según SF Abogados

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una revisión de los límites de alcoholemia permitidos para conducir en España, con el objetivo de reducir los accidentes relacionados con el consumo de alcohol. El nuevo umbral situará el máximo en 0,2 g/l de alcohol en sangre (o 0,1 mg/l en aire espirado), una reducción considerable respecto al actual límite general de 0,5 g/l (0,25 mg/l).

Este cambio equipara a España con los países europeos más estrictos —como Suecia o Polonia— y supone, en la práctica, que una sola copa o cerveza podría situar al conductor por encima del límite legal.

¿Cuándo entrará en vigor?

La medida aún está en fase de aprobación y se espera su entrada en vigor durante el primer semestre de 2026, tras la publicación del nuevo Real Decreto que modificará el Reglamento General de Circulación. Además, la DGT prevé acompañar la reforma con campañas informativas y controles reforzados en zonas turísticas y de ocio nocturno.

Implicaciones legales y prácticas

Desde SF Abogados advertimos que este cambio puede tener consecuencias importantes tanto para conductores particulares como para empresas.

1. Conductores particulares

  • Sanciones más frecuentes: con un margen de tolerancia menor, aumentará la probabilidad de dar positivo incluso con consumos moderados.
  • Sanciones administrativas y penales: superar el límite seguirá suponiendo una multa de 500 € a 1.000 € y la pérdida de hasta 6 puntos; si la tasa supera 0,6 mg/l, puede constituir delito penal (art. 379.2 del Código Penal), con penas de prisión y retirada del permiso.
  • Cuestiones probatorias: será fundamental revisar la cadena de custodia, calibrado del etilómetro y validez de la prueba, áreas en las que un abogado especializado puede marcar la diferencia.

2. Empresas con flotas o personal conductor

  • Se recomienda actualizar las políticas internas de consumo y conducción para adaptarlas al nuevo límite.
  • En sectores como transporte, logística, reparto o renting, podría ser necesario implementar protocolos de prevención y formación para evitar responsabilidades corporativas.
  • Las pólizas de seguro podrían restringir cobertura si el siniestro ocurre con tasas superiores al nuevo umbral.

3. Turistas y conductores extranjeros

  • España recibe más de 80 millones de turistas al año, muchos de ellos con vehículo. Las autoridades prevén campañas específicas en aeropuertos y zonas turísticas.
  • Los visitantes deberán conocer los límites y sanciones para evitar sorpresas desagradables o procedimientos judiciales durante su estancia.

Recomendaciones del equipo de SF Abogados

  • No conducir tras consumir alcohol, incluso mínimas cantidades.
  • En caso de sanción o accidente, contactar inmediatamente con un abogado especializado antes de firmar o reconocer responsabilidad.
  • Solicitar siempre copia del resultado de la prueba y comprobar que se ha realizado con doble medición y margen temporal reglamentario.
  • Empresas: revisar contratos laborales y protocolos de prevención de riesgos vinculados al uso del vehículo.

Legislación aplicable

Los principales textos legales que regulan la alcoholemia al volante y las sanciones en España son:

  • Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre)
  • Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre)
  • Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre)
  • Orden ITC/3707/2006, sobre control metrológico de los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado.
RD 6 2015 Ley de Tráfico Cons. 2023 571 KB
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