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La transposición de la Directiva (UE) 2020/1828 y su impacto en las acciones colectivas en España

La transposición de la Directiva (UE) 2020/1828 y su impacto en las acciones colectivas en España

La Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, constituye un hito normativo en la configuración del derecho procesal europeo. Su principal objetivo es armonizar y reforzar los mecanismos de tutela colectiva frente a infracciones del Derecho de la Unión que perjudiquen a los consumidores.

España, como Estado miembro, debía transponer esta Directiva a más tardar el 25 de diciembre de 2022, estableciendo un marco legal eficaz y garantista que facilite el ejercicio de acciones de representación tanto judiciales como extrajudiciales.

Contenido esencial de la Directiva

La Directiva introduce un conjunto de normas comunes que deben respetarse en todos los Estados miembros, incluyendo:

Acciones de representación

Permite que las entidades habilitadas (asociaciones de consumidores, organismos públicos, etc.) interpongan acciones judiciales o lleguen a acuerdos en nombre de un grupo de consumidores afectados por una misma infracción.

Ámbito de aplicación

La Directiva cubre una extensa lista de sectores regulados por el Derecho de la UE, entre ellos: Protección de datos, servicios financieros, transporte, energía, salud, comercio electrónico y medio ambiente.

Criterios de legitimación

Las entidades que quieran actuar como representantes deben cumplir ciertos requisitos de representatividad, transparencia y ausencia de conflictos de interés. La Comisión publicará una lista de entidades habilitadas para actuar en otros Estados miembros.

Medidas de cesación y compensación

Se prevé la posibilidad de instar tanto acciones de cesación (para detener conductas ilícitas) como acciones de compensación (para obtener indemnización o reembolso).

El caso de España: situación actual

A junio de 2025, España aún no ha completado la transposición formal de la Directiva, lo que ha sido objeto de crítica por parte de organizaciones de consumidores y del propio Parlamento Europeo. No obstante, se encuentra en tramitación un anteproyecto de ley que incorpora las siguientes novedades:

Nueva regulación de acciones colectivas

Se establecerá un procedimiento específico para las acciones de representación, distinto del juicio ordinario, con reglas adaptadas a la complejidad de estos litigios.

Sistema de opt-in y opt-out

Se propone una combinación flexible de los sistemas opt-in (adhesión previa del consumidor) y opt-out (adhesión automática salvo renuncia), dependiendo del alcance nacional o transfronterizo de la demanda.

Fondos de litigación y costas

Se regulan expresamente los mecanismos de financiación externa, con el fin de garantizar la viabilidad económica de este tipo de procedimientos, y se refuerzan las garantías frente a litigios abusivos.

Publicación de resoluciones y mecanismos extrajudiciales

Se prevé la obligación de publicitar adecuadamente las resoluciones y los acuerdos alcanzados, así como la posibilidad de resoluciones extrajudiciales supervisadas por la autoridad competente.

Valoración crítica

La futura transposición de la Directiva supondrá un cambio de paradigma en la defensa colectiva de los consumidores en España. Aunque existen figuras similares en nuestro ordenamiento jurídico (como las acciones de asociaciones de consumidores bajo el art. 11 LEC), la normativa actual resulta claramente insuficiente para afrontar con eficacia situaciones de gran escala, como el caso de las cláusulas suelo, el diéselgate o el cártel de coches.

Conclusión

La transposición de la Directiva (UE) 2020/1828 no solo es una exigencia del Derecho europeo, sino una oportunidad para modernizar la justicia colectiva en España. La nueva legislación —si finalmente se aprueba en los términos anunciados— consolidará los derechos de los consumidores, aumentará la presión disuasoria sobre las empresas infractoras y reducirá la fragmentación judicial actual en este ámbito.

Razones del retraso y consecuencias del incumplimiento

La Directiva (UE) 2020/1828 debía haberse transpuesto al ordenamiento jurídico español antes del 25 de diciembre de 2022. Sin embargo, a junio de 2025, España aún no ha completado este proceso, lo cual tiene múltiples explicaciones y consecuencias jurídicas relevantes.

Entre las razones del retraso destacan:

  • La paralización legislativa: el proyecto de ley fue retirado del Congreso en noviembre de 2024 por falta de consenso.
  • La falta de voluntad política: organizaciones como ASUFIN han denunciado la inacción del Gobierno ante el incumplimiento.
Directiva UE 2020 1828 Acciones CColectivas 691 KB
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