
¿Es obligatorio presentar los libros contables en España?
En España, la llevanza y legalización de los libros contables es una obligación legal para las sociedades mercantiles, regulada por el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y otras normas contables y fiscales.
¿Quién está obligado a llevar libros contables?
Las sociedades mercantiles (S.L., S.A., cooperativas, etc.) están obligadas a llevar contabilidad conforme al Código de Comercio. Los libros obligatorios incluyen:
- Libro Diario
- Libro de Inventario y Cuentas Anuales
- Libros societarios: Libro de Actas, Libro de Registro de Socios (S.L.), Libro de Acciones Nominativas (S.A.)
¿Dónde se presentan?
Los libros contables deben legalizarse telemáticamente en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social, antes del 30 de abril del año siguiente al cierre del ejercicio, a través de su plataforma online
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento en la legalización de libros puede derivar en:
- Pérdida de validez probatoria de la contabilidad
- Dificultades ante Hacienda para justificar ingresos y gastos
- Posible calificación culpable en caso de concurso de acreedores
- Sanciones administrativas si se incumplen obligaciones fiscales
Normativa aplicable
- Código de Comercio (arts. 25 y siguientes)
- Ley de Sociedades de Capital
- Reglamento del Registro Mercantil
- Normas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC)
Código de Comercio RealDecreto 22 agosto 1885 Consolidado | 489 KB | ||
Ley Sociedades de Capital RealDecreto 1 2010 Consolidado | 1013 KB |