En SFT SERVICIOS JURIDICOS S.L.P. utilizamos cookies propias y de terceros con la finalidad de mejorar la calidad de nuestro servicio, proporcionar una mejor experiencia de navegación, e identificar los problemas técnicos que puedan surgir en la web. Asimismo, en caso de que usted preste su consentimiento a través de su navegación, utilizaremos cookies que nos permitan obtener más información sobre sus preferencias y personalizar nuestra página web con sus intereses individuales.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico, esta página web le informa sobre la política de cookies.
¿QUÉ SON LAS COOKIES?
Las cookies son pequeños ficheros de datos que se descargan en su ordenador y otros dispositivos de comunicaciones, que almacenan información y se guardan en el navegador del usuario. Las cookies permiten a una página o sitio web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación, permitiendo recordar diferentes parámetros e información sobre el usuario.
El usuario podrá en todo momento modificar las preferencias del navegador utilizado con la finalidad de impedir la instalación de dichos ficheros a la hora de consultar esta web.
¿QUÉ TIPO DE COOKIES UTILIZA ESTE SITIO WEB?
La web de www.sfabogados.com puede utilizar servicios de terceros que recopilan información con fines estadísticos, de uso del sitio web por parte del usuario y para la prestación de otros servicios relacionados con el mismo y otros servicios de internet.
En particular, este sitio web utiliza Google Analytics, un servicio analítico de web prestado por Google, Inc. con domicilio en Estados Unidos con sede central en 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View, California 94043. Para la prestación de estos servicios, estos utilizan cookies que recopilan la información, incluida la dirección IP del usuario, que será transmitida, tratada y almacenada por Google en los términos fijados en la Web Google.com. Incluyendo la posible transmisión de dicha información a terceros por razones de exigencia legal o cuando dichos terceros procesen la información por cuenta de Google.
El presente sitio web utiliza los siguientes tipos de cookies:
GESTIÓN DE LAS COOKIES
Usted puede permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su ordenador. No obstante, si lo haces, es posible que la página web no funcione correctamente y que no te podamos ofrecer una experiencia de usuario óptima.
Google Chrome:
1. Clicamos en el icono de menú.
2. Seleccionar “configuración”.
3. Seleccionar “configuración avanzada”.
4. Seleccionar “privacidad”.
5. Seleccionar “configuración de contenido”.
6. Seleccionar la función que desee:
7. Permitir que se almacenen datos locales.
8. Conservar datos locales solo hasta que salgas del navegador.
9. No permitir que se guarden datos de los sitios.
10. bloquear los datos de sitios y las cookies de terceros.
11. Una vez seleccionado la opción deseada, clicar en “listo”.
Internet Explorer:
1. Clicamos en icono de “inicio”.
2. Seleccionar “opciones de internet” en el menú “herramientas”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar “configuración”.
5. Seleccionar la opción que desee y clicar en “aceptar”.
Microsoft Edge (Explorer 10):
1. Clicamos en el icono “más”.
2. Seleccionar “configuración”.
3. Seleccionar “configuración avanzada”.
4. Seleccionar “cookies” dentro de “Privacidad y servicios”.
5. Seleccionar la opción que desee en el menú desplegable.
Firefox:
1. Clicamos en el icono “menú”.
2. Seleccionar “opciones”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar la opción que desee en el menú desplegable.
Safari:
1. Clicamos en “safari”.
2. Seleccionar “preferencias”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar “cookies y datos de sitios web”.
5. Selección la opción que desee entre las disponibles.
Debe tener en cuenta que si usted elimina o bloquea todas las cookies de este sitio web, es posible que parte del mismo no funcione correctamente o la calidad de la página web pueda verse afectada.
Si precisa más información acerca de nuestra política de cookies, puede contactar con nosotros a través de nuestros canales de comunicación. Asimismo le recomendamos que consulte las páginas web de soporte de cada navegador para más información. Se debe colocar en el sitio web un pop up correspondiente a la política de cookies, y facilitar el acceso al documento detallado (segunda capa) mediante este.
La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, junto con los desarrollos normativos en 2024 y 2025, han supuesto un cambio profundo en el régimen jurídico del alquiler y la gestión del parque inmobiliario en España. Afecta tanto a arrendadores como a arrendatarios, especialmente en zonas de mercado tensionado, e introduce nuevas obligaciones, límites a rentas, incentivos fiscales y medidas contra la vivienda vacía y la ocupación ilegal.
1. Límite a la subida del alquiler y duración del contrato
Legislación: Ley 12/2023, art. 17, y disposición adicional sexta.
2. Declaración de zonas de mercado residencial tensionado
Legislación: Ley 12/2023, art. 18 y siguientes.
a) La carga del coste del alquiler supera el 30 % de la renta media.
b) El precio del alquiler ha subido un 3 % por encima del IPC en los últimos 5 años.
3. Grandes tenedores: obligaciones adicionales
Legislación: Ley 12/2023, art. 3 y 19.
4. Registro de contratos y plataformas digitales
Legislación: Ley 12/2023, art. 21; desarrollo reglamentario RD 151/2024.
5. Desahucios: nueva regulación y agilización
Legislación: Ley 12/2023, art. 37; Ley de Enjuiciamiento Civil reformada por LECrim 1/2024.
6. Vivienda protegida y vivienda asequible incentivada
Legislación: Ley 12/2023, art. 24 y 25.
7. Fiscalidad: nuevas deducciones y bonificaciones
Legislación: Ley IRPF (modificada por Ley 12/2023), disposición adicional 15ª.
8. Pisos turísticos y limitaciones vecinales
Legislación: Ley de Propiedad Horizontal (modificada por Ley 12/2023), art. 17.12.
9. Fin de las Golden Visas por inversión inmobiliaria
Legislación: RD-Ley 2/2024, de 30 de abril.
En fin, la nueva Ley de Vivienda y sus normas complementarias han reformulado profundamente el derecho al alquiler y la política de acceso a la vivienda. Tanto propietarios como inquilinos deben revisar sus contratos, estrategias y derechos para adaptarse al nuevo marco legal.
Desde abril de 2025, las comunidades de propietarios en buena parte de España ya pueden prohibir o limitar los pisos turísticos en sus edificios. Esta medida llega con la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, impulsada por el Gobierno central, y tiene como objetivo frenar la saturación del mercado de alquiler y mejorar la convivencia vecinal.
¿Qué son las zonas de mercado residencial tensionado?
Las zonas de mercado residencial tensionado son aquellas en las que existe una especial dificultad de acceso a la vivienda en condiciones asequibles. La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, establece los criterios para su declaración y regula las medidas que se pueden aplicar en ellas para limitar el impacto de la especulación inmobiliaria y garantizar el acceso a la vivienda.
COPYRIGHT © 2025 SFT SERVICIOS JURÍDICIOS S.L.P. | POLÍTICA DE PRIVACIDAD | AVISO LEGAL | POLÍTICA DE COOKIES
OTROS PROYECTOS DE SFABOGADOS.COM