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Jueves, 19 Marzo 2020 15:27

Prohibido la “venta a pérdidas” en el campo

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se adoptan determinadas medidas urgentes para garantizar unos precios justos a los agricultores y ganaderos que cubran los precios de producción, al tiempo que eliminará la 'venta a pérdidas'. Además, también se ha dado luz verde a otras medidas para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores del campo.

El real decreto para modificar la Ley de la cadena alimentaria, al que ha tenido acceso Europa Press, contempla como principal novedad obligar a que cada operador abone al inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción del producto.

Asimismo, se previene que el operador que realice la venta final del producto al consumidor pueda repercutir a ninguno de los operadores anteriores su riesgo empresarial derivado de su política comercial en materia de precios ofertados al público.

Asimismo, adelantándose a la exigencia de la actual normativa europea en la materia, se prevé la publicidad de las infracciones graves y muy graves, con fines disuasorios pero también punitivos.

En el caso de las sanciones que imponga la Administración General del Estado, esta publicidad se dará por medio de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

También se prevé como novedad destacada la inclusión del coste de producción en el precio como elemento mínimo de los contratos.

En la Ley originaria se tiene en cuenta en la composición del precio, el conjunto de factores objetivos, verificables, no manipulables que deben ser expresamente establecidos en el contrato, si bien no incluye expresamente un factor que se considera esencial para determinación como es el coste de producción.

Con el fin de asegurar el cumplimiento de esas premisas, la norma incorpora una lista ejemplificativa de elementos a considerar para las explotaciones agrarias -tales como semillas, fertilizantes, pesticidas, energía o maquinaria- e índices que, entre otros, puedan emplearse para asegurar esa objetividad en su determinación, como los publicados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Asimismo, la norma recoge una fiscalidad más fraccionada en los pagos de los jóvenes agricultores por las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC), que ahora podrán abonar en cuatro años.

En consecuencia, se adapta la normativa del IRPF para permitir en este supuesto al igual que ya sucede en otros análogos, tributar en varios ejercicios.

Se trata de una medida que, siendo sus efectos muy relevantes, tiene coste cero para las arcas públicas pues permite el pago del impuesto a lo largo de las anualidades de ejecución de las ayudas, sin disminuir el volumen final de ingresos públicos pero acomodándolo al marco temporal en que se recibe la ayuda.

REDUCE EL NÚMERO DE PEONADA E INCENTIVOS PARA LA CONVERSIÓN DE EVENTUALES EN FIJOS

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado reducir a 20 el número de jornadas necesarias en el campo para el acceso al subsidio por desempleo, así como a la renta agraria a los trabajadores eventuales agrarios residentes en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, y ha bonificado la conversión de contratos eventuales agrarios a indefinidos o fijos discontinuos en este sector.

La reducción de las peonadas, que se incluye en el Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura, pesca y alimentación, se lleva a cabo tras haberse constatado un descenso de la producción del olivar, unido a las dificultades por los aranceles impuestos por Estados Unidos y a las causas climatológicas, que han sido un agravante sobre la actividad del sector agrario.

Según recuerda el Gobierno, estas circunstancias han repercutido en la disminución del empleo de los trabajadores eventuales agrarios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, que han reducido el número de jornadas cotizadas, "requisito esencial para acceder al subsidio".

El Ejecutivo cree que se cumplen las condiciones para regular la reducción del número mínimo de peonadas necesarias para el acceso al subsidio por desempleo y la renta agraria.

Por otro lado, el Consejo de Ministros también ha aprobado incluir en el Real Decreto Ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura, pesca y alimentación, el mecanismo de conversión de contratos temporales de trabajadores eventuales agrarios en contratos indefinidos, que también incluye a los fijos discontinuos.

Este mecanismo ya estaba recogido en el Real Decreto Ley de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

No obstante, el objetivo de esta medida es tratar de incentivar que el trabajo en el campo sea más "estable" y combatir la eventualidad y el carácter temporero del trabajo agrario.

Así, las empresas que transformen contratos temporales con trabajadores pertenecientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social, incluidos los fijos discontinuos, podrán bonificarse la cuota empresarial por contingencias comunes.

De hecho, podrán distinguir su cuantía en función del encuadramiento del trabajador y la modalidad de cotización (mensual o por jornadas reales trabajadas).

MAYOR BONIFICACIÓN EN EL CASO DE LAS MUJERES

Además, el Gobierno ha informado de que la bonificación será mayor en el caso de conversión de contratos de mujeres trabajadoras agrícolas, con el objetivo de combatir la brecha de género.

Por otro lado, también el Ejecutivo ha anunciado que modifica el acceso de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los alojamientos y locales de descanso puestos a disposición de los trabajadores agrarios por parte de la empresa, ubicados fuera de los centros de trabajo.

El objetivo es el de combatir algunas de las "extremas" condiciones que se están dando en algunos lugares de trabajo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá entrar y revisar las condiciones de estas viviendas, aunque se encuentren fuera del lugar normativo.

El Gobierno ha asegurado que el cambio normativo es totalmente respetuoso con la inviolabilidad del domicilio, puesto que "no altera la necesidad de consentimiento expreso de las personas que habiten en el mismo o la autorización judicial" y va en línea de garantizar unas condiciones laborales "dignas" y reforzar la idea del trabajo decente.

Con esta medida se pretende dar respuesta a la denuncia hecha por el relator de Naciones Unidas sobre la situación de "extrema pobreza" en la que viven los trabajadores eventuales del campo en España.

El relator especial de la ONU sobre la pobreza extrema y los derechos humanos, Philip Alston, aseguró recientemente que la situación de los recolectores de la fresa en Huelva es "peor que en un campo de refugiados", aunque subrayó que el principal problema en España es la "pobreza estructural".

Periódico Digital Expansión