Buscador

www.sfabogados.com usa cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios con la finalidad de mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso.Puede configurar el uso de las cookies desde su navegador. Saber más

Acepto

Política de Cookies

 En SFT SERVICIOS JURIDICOS S.L.P. utilizamos cookies propias y de terceros con la finalidad de mejorar la calidad de nuestro servicio, proporcionar una mejor experiencia de navegación, e identificar los problemas técnicos que puedan surgir en la web. Asimismo, en caso de que usted preste su consentimiento a través de su navegación, utilizaremos cookies que nos permitan obtener más información sobre sus preferencias y personalizar nuestra página web con sus intereses individuales.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico, esta página web le informa sobre la política de cookies.

¿QUÉ SON LAS COOKIES?

Las cookies son pequeños ficheros de datos que se descargan en su ordenador y otros dispositivos de comunicaciones, que almacenan información y se guardan en el navegador del usuario. Las cookies permiten a una página o sitio web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación, permitiendo recordar diferentes parámetros e información sobre el usuario.

El usuario podrá en todo momento modificar las preferencias del navegador utilizado con la finalidad de impedir la instalación de dichos ficheros a la hora de consultar esta web.

¿QUÉ TIPO DE COOKIES UTILIZA ESTE SITIO WEB?

La web de www.sfabogados.com puede utilizar servicios de terceros que recopilan información con fines estadísticos, de uso del sitio web por parte del usuario y para la prestación de otros servicios relacionados con el mismo y otros servicios de internet.

En particular, este sitio web utiliza Google Analytics, un servicio analítico de web prestado por Google, Inc. con domicilio en Estados Unidos con sede central en 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View, California 94043. Para la prestación de estos servicios, estos utilizan cookies que recopilan la información, incluida la dirección IP del usuario, que será transmitida, tratada y almacenada por Google en los términos fijados en la Web Google.com. Incluyendo la posible transmisión de dicha información a terceros por razones de exigencia legal o cuando dichos terceros procesen la información por cuenta de Google.

El presente sitio web utiliza los siguientes tipos de cookies:

  •  Cookies técnicas: Son aquéllas que permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las diferentes opciones o servicios que en ella existan como, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, identificar la sesión, acceder a partes de acceso restringido, realizar el proceso de compra de un pedido, realizar la solicitud de inscripción o participación en un evento, utilizar elementos de seguridad durante la navegación, almacenar contenidos para la difusión de vídeos o sonido, o compartir contenido a través de redes sociales.
  • Cookies de personalización: Son aquéllas que permiten al usuario acceder al servicio con algunas características de carácter general predefinidas en función de una serie de criterios en el terminal del usuario como por ejemplo el idioma o el tipo de navegador a través del cual se conecta al servicio.
  • Cookies de análisis: Son aquéllas que, bien tratadas por nosotros o por terceros, nos permiten cuantificar el número de usuarios y así realizar la medición y análisis estadístico de la utilización que hacen los usuarios del servicio ofertado. Para ello se analiza su navegación en nuestra página web con el fin de mejorar la oferta de productos o servicios que le ofrecemos.
  • Cookies publicitarias: Son aquéllas que, bien tratadas por nosotros o por terceros, permiten gestionar de la forma más eficaz posible la oferta de los espacios publicitarios que hay en la página web, adecuando el contenido del anuncio al contenido del servicio solicitado o al uso que realice de nuestra página web. Para ello podemos analizar sus hábitos de navegación en internet y podemos mostrarle publicidad relacionada con su perfil de navegación.
  • Cookies de publicidad comportamental: Son aquéllas que permiten la gestión, de la forma más eficaz posible, de los espacios publicitarios que, en su caso, el editor haya incluido en una página web, aplicación o plataforma desde la que presta el servicio solicitado. Estas cookies almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.

GESTIÓN DE LAS COOKIES

Usted puede permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su ordenador. No obstante, si lo haces, es posible que la página web no funcione correctamente y que no te podamos ofrecer una experiencia de usuario óptima.

Google Chrome:
1. Clicamos en el icono de menú.
2. Seleccionar “configuración”.
3. Seleccionar “configuración avanzada”.
4. Seleccionar “privacidad”.
5. Seleccionar “configuración de contenido”.
6. Seleccionar la función que desee:
7. Permitir que se almacenen datos locales.
8. Conservar datos locales solo hasta que salgas del navegador.
9. No permitir que se guarden datos de los sitios.
10. bloquear los datos de sitios y las cookies de terceros.
11. Una vez seleccionado la opción deseada, clicar en “listo”.

Internet Explorer:
1. Clicamos en icono de “inicio”.
2. Seleccionar “opciones de internet” en el menú “herramientas”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar “configuración”.
5. Seleccionar la opción que desee y clicar en “aceptar”.

Microsoft Edge (Explorer 10):
1. Clicamos en el icono “más”.
2. Seleccionar “configuración”.
3. Seleccionar “configuración avanzada”.
4. Seleccionar “cookies” dentro de “Privacidad y servicios”.
5. Seleccionar la opción que desee en el menú desplegable.

Firefox:
1. Clicamos en el icono “menú”.
2. Seleccionar “opciones”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar la opción que desee en el menú desplegable.

Safari:
1. Clicamos en “safari”.
2. Seleccionar “preferencias”.
3. Seleccionar “privacidad”.
4. Seleccionar “cookies y datos de sitios web”.
5. Selección la opción que desee entre las disponibles.

Debe tener en cuenta que si usted elimina o bloquea todas las cookies de este sitio web, es posible que parte del mismo no funcione correctamente o la calidad de la página web pueda verse afectada.

Si precisa más información acerca de nuestra política de cookies, puede contactar con nosotros a través de nuestros canales de comunicación. Asimismo le recomendamos que consulte las páginas web de soporte de cada navegador para más información. Se debe colocar en el sitio web un pop up correspondiente a la política de cookies, y facilitar el acceso al documento detallado (segunda capa) mediante este.

Martes, 12 Febrero 2019 15:00

Reducción de velocidad a 90km/h en carreteras convencionales

Desde hoy, la velocidad máxima permitida en las carreteras convencionales (de un carril por sentido y sin desdoblar) será de 90 km/h en lugar de los 100 km/h que se permitía en algunos tramos. La medida, aprobaba hace un mes por el Consejo de Ministros, afecta a 11.586 kilómetros en toda España y echa a rodar después de que se reemplazara la última señal (de un total de 2.719) en la antigua N-6. El coste del cambio ronda el medio millón de euros (sin IVA).

Anhelada desde hace años, es una de las iniciativas estrellas tomada por la DGT desde que, a mediados del año pasado, Pere Navarro tomase los mandos del organismo. Se toma con la esperanza de que ayude a reducir la siniestralidad global de las carreteras, hasta situarla en el objetivo de 37 fallecidos por millón de habitantes, frente a los 39 que hay en la actualidad.

Por eso se ataca directamente a las vías secundarias, donde más personas mueren en accidentes de tráfico: en 2017, casi el 77% de todos los fallecidos en vías interurbanas. La velocidad inadecuada es la causa principal en el 20% de los casos. Y por la misma razón, se fija en 80 km/h el máximo permitido a camiones, furgonetas, autocaravanas y remolques ya que se considera que si el diferencial de velocidad de estos vehículos es muy grande respecto a los turismos, el riesgo de accidente se multiplica por seis. Este límite es común en la gran mayoría de los países de la Unión Europea.

Los autobuses, dada su bajísima siniestralidad, podrán desplazarse a la misma velocidad que los coches. En España tiene un ratio de fallecidos un 40% menor con respecto al ratio de la UE. Habrá una excepción: los autobuses que no tengan cinturón de seguridad no podrán circular a más de 80 km/h en estas vías.

Asimismo, desaparecen las diferencias de topes que existían entre motos y turismos. Los límites que se modifican se fijaron a principios de los años 80 del siglo pasado cuando apenas existían kilómetros en vías de alta capacidad. Cabe recordar que esta rebaja no tiene efectos encadenados con otras vías en las que existía un límite inferior. Es decir, las de 90 km/h se mantendrán con este tope, las de 80 km/h igual..

Los 90 km/h en carreteras convencionales equiparan a España con otros países de la UE como Italia, Portugal, Grecia o la República Checa. De hecho, era un viejo anhelo de Navarro, quien ya intentó sacar esta reforma adelante en 2011, pero que aparcó por las elecciones generales. También estuvo en la agenda de María Seguí, su predecesora en el cargo.

SÓLO AFECTA AL 8% DE LA RED ESPAÑOLA

La iniciativa afecta a apenas al 8% de los 148.000 kilómetros de carreteras de doble sentido que existen en España, por lo que va a venir acompañada de otras. Navarro ya dejó claro ayer que «debe haber una mayor vigilancia y control por parte de las correspondientes policías y de mejoras y actuaciones en el diseño de las infraestructuras por parte de los titulares de la vía».

En este sentido, la propia DGT ultima un endurecimiento de las sanciones por velocidad. En concreto, si hasta ahora en las vías limitadas a 90 km/h sólo se perdían puntos (y 300 euros) a partir de los 121 km/h, el objetivo es reducir ese umbral a los 111 km/h. Y el endurecimiento afectará los nuevos tramos de 90 y a todos los existentes con anterioridad. Su tramitación, no obstante, llegará más tarde ya que forma parte de una reforma más amplia de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

La adopción del nuevo límite ha sido bien acogida por las asociaciones de víctimas y no tanto por las de conductores, pero coinciden en que si se baja el ritmo del tráfico, pueden aumentar los adelantamientos que están en el origen de los accidentes más graves: las colisiones frontales.

Periódico Digital El Mundo