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Abogados Internacional

El Derecho Internacional Privado es el que regula las relaciones jurídicas entre particulares y empresas cuando está en la esfera internacional, que puede ser la nacionalidad de las partes o que las relaciones jurídicas tengan lugar en un estado que no es el propio. En cambio el Derecho Internacional Público regula las relaciones entre un Estado o varios y entre éstos y los particulares o empresas.

Es la constitución de un orden jurídico autónomo, las costumbres y las acciones de las organizaciones, son la fuente de este derecho. El carácter evolutivo del Derecho Internacional puede contemplarse en el papel que desempeña la costumbre en el sistema de fuentes, en la elaboración de nuevas normas que tratan de recoger nuevas situaciones derivadas del avance tecnológico, de la preocupación por asegurar derechos del hombre, etc.

La doble nacionalidad de un ciudadano es el claro ejemplo, cuando una modificación en una norma de rango superior puede invalidar una norma de rango inferior. No implica que estas personas están sometidas simultáneamente a ambas legislaciones, sino que hay una que prevalece sobre las otras a pesar de creer que ambas afectan por igual, para estos casos se impone una nacionalidad de preferencia, para tener un punto en relación al ciudadano-país.
Esto será aplicable para cuestiones tales como el otorgamiento de pasaporte, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones militares. Nuestros especialistas asesoran día a día a los clientes para resolver sus conflictos burocráticos entre países.

El derecho Internacional es el único que  rige las relaciones mutuas en los diferentes países.

Cada Estado o País es propietario del sistema, el que participa directamente sobre el derecho internacional, es tal y así el motivo por el cual se crean las organizaciones internacionales, y los tratados, para poner en común cada elemento que propone el país en cuestión.

Se pueden distinguir dos tipos de derecho Internacional:

  • El primero sería el Público, que son los principios del estado o país cuya función es regular las relaciones jurídicas entre ellos. Aclarando por lo tanto que los individuos no son sujetos inmediatos de sus normas.
  • Por otro lado está el Privado, que se encarga de resolver los conflictos de jurisdicción internacional. Por ejemplo, es la que se encarga de definir la ley que se aplica a la condición jurídica de los extranjeros.

Elementos y aspectos importantes que trata el Derecho Internacional:

  • Negocios internacionales: Es importante conocer la legislación aplicable tanto a los contratos como al propio fondo del negocio que se desea realizar en un país distinto al propio. Un desconocimiento o un asesoramiento incompleto puede representar el fracaso de un negocio exitoso.
  • Detención o problemas judiciales en un país extranjero: Nuestros partners en diferentes países pueden ofrecerle tanto a Usted como a sus familiares o empleados un asesoramiento profesional y una atención personal en cualquier problema policial o judicial.
  • Derecho Internacional humanitario: Atención a los ciudadanos afectados por situaciones de conflicto armado. Se distingue entre conflicto armado nacional o internacional. Éste último tiene gran complejidad debido a que se deben acatar muchas normas incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra.
  • Derecho de Familia internacional: Divorcios, tutela de menores o incapacitación de mayores son temas muy delicados que requieren de un conocimiento preciso de la legislación del país o países que confluyen en la relación que deseamos cambiar.